domingo, 30 de noviembre de 2014

Toma de Notas: Clase Vista con Prof. Ing. Glendys Muños 25-11-2014


Semana Nº 10 de clase, la profesora no dio un resumen de la ultima parte vista en la clase anterior, como es el caso de los aspectos importantes de “Proyectos Sociotecnológicos”, estrategias de aprendizaje, características, diseño curricular, integración de saberes, unidades curriculares, etc., puntos relevantes ya indagados y expuestos en la clase anterior. Una vez dicho esto se nos comento y explico la necesidad de adaptarnos, de ir acostumbrándonos a trabajar en grupo, hacer equipos, ejercer el liderazgo que sea ganado mas no impuesto, tomar en cuenta los procesos administrativos, estudiar e interpretar el “Reglamento Estudiantil”, la utilización eficiente de la pagina del departamento de informática, así como la descripción de la estructura organizativa del departamento de informática, como son las cuatro (4) coordinaciones por cada trayecto, sabiendo ya, que la Profesora Gloriangel Rojas será nuestra coordinadora del “Trayecto I”. Para este trayecto I, es necesario saber la siguiente información:
 
Trayecto I

Competencias:

·  Aplicar el análisis lógico y razonamiento inductivo y deductivo en la solución de problemas, a partir del desarrollo alcanzado en el pensamiento abstracto.
·   Operar una computadora personal conociendo sus características y funcionalidades.
·    Caracterizar y seleccionar equipos de computación.
·   Ensamblar y configurar equipos de computación de acuerdo a los requerimientos del usuario.
·     Realizar mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de computación.
·    Desarrollar algoritmos de mediana complejidad, implementarlos y ponerlos a punto usando los estándares adecuados.
· Utilizar el idioma inglés para manejar bibliografía técnica relacionada con la informática.
·   Fomentar la cultura de la innovación para contribuir con la soberanía y seguridad tecnológica.


Unidades Curriculares:

·         Matemática I.
·         Arquitectura del Computador.
·         Algorítmica y Programación.
·         Formación Critica I.
·         Proyecto SocioTecnológico I.


Plan Especial de Recuperación:

El Plan Especial de Recuperación es una estrategia que se aplica en los PNF para que la estudiante o el estudiante logren los objetivos planteados en cada unidad curricular, tal como se define y establece en la Gaceta Oficial N°. 39.839, en su resolución 2593 de fecha 10/01/2012, en donde se encuentran los siguientes artículos:


Artículo 25: El Plan especial de Recuperación tiene como objetivo proporcionar nuevas oportunidades para que la estudiante o el estudiante alcance las metas establecidas en la unidad curricular correspondiente. Cada institución universitaria debe planificar y ejecutar el plan al concluir el trayecto.

Artículo 26: Para que el estudiante tenga derecho a inscribir un máximo de tres (3) unidades curriculares no aprobadas en el trayecto en el Plan Especial de Recuperación (PER) deben existir las siguientes condiciones en cada una de las unidades curriculares:
1. Haber obtenido la calificación mínima de seis (6) puntos.
2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

Artículo 27: Los estudiantes que no cumplan con las condiciones establecidas en el Artículo 26 del presente instrumento por causa de enfermedad, deben presentar justificativo e informe médico avalado por las instituciones de salud correspondiente ante las autoridades de la institución universitaria con el fin de evaluar su caso y consideren la inscripción o no de la estudiante o el estudiante en el Plan Nacional de Recuperación.

Artículo 28: El plan especial de recuperación no aplica para el proyecto.

Reglamento Estudiantil UPTA

Aspectos más Relevantes del Reglamento: 

Aprobado por el Consejo Directivo de la Universidad, en su sesión ordinaria número 15, de fecha 26 de julio de 2013.

De conformidad con lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación, los Reglamentos y Leyes pertinentes, y los lineamientos de evaluación del desempeño estudiantil en los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Alma Mater. Donde se asumen las características de los Programas de Formación que se dictan en la Universidad, de sus participantes y del territorio de influencia. Se aprueba el siguiente articulado como el Reglamento Estudiantil de la Universidad Politécnica Territorial del Estado Aragua “Federico Brito Figueroa”.


De la Organización de los Programas de Formación:

Artículo 13: Los planes de estudios de los Programas de Formación se organizan en períodos lectivos denominados Trayectos: un Trayecto Inicial, que tendrá una duración de 12 semanas hábiles de actividades académicas, el cual se realizará entre los meses de septiembre y diciembre; y de cuatro (4) a cinco (5)Trayectos de un año, con una duración de 36 semanas hábiles, y los cuales se organizan en tres Fases: la Fase I entre enero y abril; la Fase II entre abril y julio, y la Fase III entre septiembre y diciembre. De acuerdo al Calendario Académico de la Universidad.

Parágrafo Único: En los casos de los estudios nocturnos o en condiciones especiales determinadas por las coordinaciones académicas, previa aprobación por el Consejo Académico y del Consejo Directivo de la Universidad, se podrá considerar una mayor flexibilidad en la administración de los tiempos y los lapsos establecidos.

Artículo 14: Los planes de estudio de los Programas de Formación comprenden una titulación inicial de Técnico Superior Universitario (TSU), el cual incluye el Trayecto Inicial y dos (2) o tres (3) Trayectos de duración, y la continuidad académica inmediata, conducente a la titulación de licenciatura o ingeniería, que incluye dos (2) o tres (3) Trayectos de duración.

Parágrafo Uno: En los casos de los regímenes de estudio nocturno, se podrán considerar tiempos de estudios flexibles, de acuerdo a la naturaleza y características de los programas.

Parágrafo Dos: Los TSU egresados de los pensum tradicionales, una vez admitidos en los Programas de Formación en licenciatura o ingeniería, deberán cursar un Trayecto de Transición de 12 semanas de duración.

Artículo 15: Las y los estudiantes deberán inscribir todas las unidades curriculares previstas en los planes de estudio de los Trayectos que están cursando.

 Artículo 16: Cada Unidad Curricular tendrá asociado un número de Unidades de Crédito, las cuales se definen en los planes de estudio de acuerdo a las actividades académicas desarrolladas por la o el estudiante a lo largo del Trayecto.

Artículo 17: En los planes de estudio de cada Programa de Formación se definirá la ponderación de cada Fase de las unidades curriculares.

Del Plan de Evaluación:

Artículo 24: En los Programas de Formación cada componente del desarrollo curricular contará con un Plan de Evaluación. El Plan de Evaluación se define como el instrumento que permite organizar las diferentes acciones para la valoración de los aprendizajes logrados por las y los estudiantes.

Artículo 25: Todo Plan de Evaluación debe contemplar, como mínimo:

a) Elementos directrices, incluyendo indicadores de logros, objetivos, contenidos y otros criterios que orienten el proceso formativo.

b) Estrategias a desarrollar, incluyendo actividades, técnicas e instrumentos para la evaluación de cada elemento directriz.

c) Ponderación asignada a cada actividad para evaluar los resultados, considerando los tipos de evaluación y forma de participación.

d) Los tipos de evaluación.

e) Cronograma y duración, indicando la fecha y el lapso de ejecución de la evaluación.

Artículo 26: En la primera semana de haberse iniciado las actividades académicas de cada Fase del Trayecto correspondiente, el profesor, en cada Unidad Curricular, está en la obligación de presentar y discutir la propuesta del Plan de Evaluación con las y los estudiantes, el cual, una vez aprobado por los involucrados, será objeto de obligatorio cumplimiento. El Plan de Evaluación, con el debido respaldo de las firmas del docente, y de las y los estudiantes, será entregado en la tercera semana de actividades académicas en la unidad académico administrativa correspondiente. En el Plan de Evaluación se pueden producir ajustes, por las características de flexibilidad, estos deben justificarse y comunicarse por escrito a la instancia correspondiente, con el aval del docente, y las y los estudiantes. Las ponderaciones de las distintas actividades de evaluación, correspondiente a la Fase planificada, estarán establecidas entre un mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%).

De la Calificación:

Artículo 29: La calificación se expresará en una escala del uno (01) al veinte (20). La nota mínima aprobatoria para las unidades curriculares es doce (12) y para el proyecto dieciséis (16). La escala de calificación es la siguiente:


Nivel de Logro en la
Calificación
Unidad Curricular

96% - 100%
20
91%
- 95%
19
86%
- 90%
18
81%
- 85%
17
76%
- 80%
16
71%
- 75%
15
66%
- 70%
14
61%
- 65%
13
56%
- 60%
12
51%
- 55%
11
46%
- 50%
10
41%
- 45%
09
36%
- 40%
08
31%
- 35%
07
26%
- 30%
06
21%
- 25%
05
16%
- 20%
04
11%
- 15%
03
6% - 10%
02
1%
- 5%
01

Condiciones de Aprobación de la Unidad Curricular:

Artículo 30: Se considera aprobada la unidad curricular, cuando la o el estudiante haya cumplido al menos las dos condiciones siguientes:

a) Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.

b) Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la Unidad Curricular.

Condiciones de Aprobación del Proyecto:

Artículo 31: Se considera aprobado el proyecto, cuando la o el estudiante haya cumplido las siguientes condiciones:

a) Haber obtenido la calificación mínima de dieciséis (16) puntos al concluir el trayecto.

b) Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

c) Entregar un informe técnico de resultados.

d) Hacer la socialización ante la comunidad de los resultados del desarrollo del proyecto.

De los Deberes y Derechos de las y los Estudiantes:

Artículo 56: Son derechos de las y los estudiantes:

a) El respeto a su dignidad como persona, a sus ideas y creencias. 

b) Ser informado y participar en la toma de decisiones de los asuntos que conciernen a su formación integral. 

c) Contar con servicios que favorezcan su calidad de vida en forma continua. 

d) Ser atendidos en actividades estético-lúdicas (deportivas, recreativas, artísticas-culturales). 

e) Acceder a las fuentes de información dispuestas en la institución para su formación. 

f) Obtener respuestas oportunas ante sus solicitudes. 

Artículo 57: Son deberes de las y los estudiantes:

a) Conocer, cumplir y respetar las normas legales y reglamentos que rigen la convivencia social dentro y fuera de la Universidad. 

b) Mantener una conducta ciudadana ajustada a nuestros valores y cultura nacional, latinoamericana y caribeña, apegada a una ética social y de paz.

c) Estar consciente que la educación es un proceso de toda la vida para poder responder a las exigencias de su condición de ciudadano, de su calidad de vida y de su práctica profesional. 

d) Ser responsable en la gestión y autorregulación de sus procesos de aprendizaje y de la capacidad para aprender a aprender, para resolver problemas prácticos y reales en los que tome decisiones y construya nuevos conocimientos. 

e) Cuidar los equipos, muebles, enseres, materiales, equipos, instrumentos e instalaciones que formen parte de los espacios y ambientes de aprendizaje dentro o fuera de la Universidad y responsabilizarse por los daños que ocasionen. 

f) Presentar por escrito sus inquietudes, solicitudes y reclamos ante las instancias correspondientes. 

g) La participación activa y comprometida en los procesos de creación intelectual relacionados con investigaciones e innovaciones conducentes a la resolución de problemas socio comunitarios.

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